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Autónomos: cómo declarar los ingresos por cese de actividad

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A causa de la crisis económica provocada por la pandemia de coronavirus, no son pocos los trabajadores autónomos que han necesitado recurrir a prestaciones de ayuda por cese de actividad, por eso resulta importante saber si realmente es necesario declarar este tipo de ingresos, y saber cómo hay que hacerlo exactamente. 

Dada la urgente necesidad de saber si es necesario o no declarar este tipo de prestaciones, Hacienda aclara que no lo es, ya que dicha prestación se considera como un rendimiento de trabajo. Es decir, es como si se tratase de una prestación por desempleo. Por lo tanto, no resulta necesario incluir este tipo de ingresos dentro de la declaración del modelo 130 de IRPF.

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Declaración de los rendimientos por las actividades financieras

Y hablamos de este modelo en concreto, ya que se encuentra especialmente enfocado a la declaración de los rendimientos por las actividades financieras desempeñadas por autónomos.

En el caso de que queramos declarar los rendimientos del trabajo, Hacienda nos explica qué debemos hacer uso del modelo 190 de IRPF, que además debe ser de clave C, puesto que esta es la que se corresponde con las prestaciones y subsidios por desempleo.

El plazo de entrega de la declaración, será del día 1 al 31 de enero, y se debe realizar de manera telemática a causa de la situación en la que nos encontramos con la pandemia. Será necesario incluir en ella otro tipo de ingresos, como los debidos al cese de actividad, en el caso de que estén relacionados con el ejercicio anterior.

 Cuando hablamos de un trabajador por cuenta propia que a causa de la crisis económica por el Covid-19 ha tenido que percibir algún tipo de prestación económica, se encontrará en la obligación de presentar el documento que lo acredite en la declaración del mes de enero de 2021.

Si, por el motivo que fuere, no se consigue presentar la declaración por la vía solicitada, es decir, telemáticamente, la Administración otorga una ampliación del plazo de 4 días para poder hacerlo. Por lo tanto, se dispondrá de tiempo hasta el 4 de febrero para poder entregar la declaración, bajo causa justificada.

Qué son las prestaciones por cese de actividad en los autónomos 

Se trata de una ayuda económica extraordinaria, creada especialmente para hacer frente a las consecuencias económicas y laborales que está teniendo la pandemia sobre el país y sus trabajadores.

Para poder acceder a este tipo de ayuda, será necesario cumplir con una serie de requisitos, entre los que se encuentran: demostrar que el nivel de ingresos ha bajado notablemente a causa de la pandemia, y contar con un periodo de cotización mínimo de 12 meses, así como llevar al día el pago de las cuotas y tener cubierta la contingencia por cese de actividad, o estar afiliado y dado de alta en la Seguridad Social, entre muchos otros.

El dinero que vamos a obtener por esta prestación, será el equivalente al 70% de la base reguladora, que podrá variar en función del autónomo que la requiera. Para poder calcular la base reguladora y averiguar lo que se puede cobrar, se tienen que calcular el promedio de bases por las que el autónomo ha cotizado en el último año desde el cese de actividad por la pandemia.


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