El Programa de Activación para el Empleo ofrece 426 euros a los desempleados con cargas familiares que hayan agotado el paro y las prestaciones del plan Prepara.
Si te quedaste sin trabajo y después cobraste el paro hasta agotarlo, aún te quedan opciones. Por ejemplo, el plan Prepara, la ayuda de 400 euros para desempleados prorrogada hasta el próximo mes de abril. Si también te beneficiaste de esta herramienta, y a pesar de buscar trabajo sigues sin encontrar empleo, todavía hay más posibilidades. Una de ellas es el Programa de Activación de Empleo (PAE), que incluye una ayuda de 426 euros para parados de larga duración.
En las próximas líneas te contamos todo lo que necesitas saber sobre el Programa de Activación de Empleo, aunque antes conviene aclarar el concepto de desempleado de larga duración.
¿Qué es un parado de larga duración?
Aunque muchas veces suelen asociarse con los parados mayores de 45 años, los desempleados de larga duración son en realidad aquellas personas que, de manera constante durante un periodo superior a doce meses, se encuentran inscritas como demandantes de trabajo en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), sin importar la edad o el perfil profesional que acrediten.
Las ayudas para desempleados de larga duración
Los apoyos con los que cuentan las personas que se encuentran en esta situación, es decir, que son paradas de larga duración son tres: los ya citados Prepara y PAE, así como la Renta Activa de Inserción (RAI).
Qué es el Programa de Activación de Empleo
El PAE no sólo implica una ayuda de 426 euros sino que es un programa extraordinario de carácter temporal dirigido, como ya se ha indicado, a personas desempleadas de larga duración que también comprende políticas activas de empleo e intermediación laboral gestionadas por los Servicios Públicos de Empleo. El objetivo es incrementar las oportunidades de retorno al mercado de trabajo para estos parados, además de ofrecer una ayuda económica de acompañamiento gestionada por el SEPE -el antiguo INEM– vinculada a la participación en las mencionadas políticas de activación para el empleo.
Cuánto dura la ayuda de 426 euros
Cada ampliación del PAE es una noticia esperanzadora para aquellos ciudadanos que llevan mucho tiempo en situación de desempleo, cuentan con cargas familiares y una vez que el resto de ayudas se han terminado. Este soporte puede extenderse por un máximo de seis meses y estará activo, al menos, hasta abril de 2018.
Requisitos para acceder a la ayuda de 426 euros
Podrán ser beneficiarias del programa las personas desempleadas que, a la fecha de presentación de la solicitud de incorporación al mismo, reúnan los siguientes requisitos:
- Haber transcurrido al menos un mes desde el agotamiento de cualquier prestación o subsidio por desempleo o ayuda. No se considerará agotamiento la extinción derivada de una sanción o baja en el derecho por causa imputable al beneficiario.
- Estar inscrito como demandante de empleo en el SEPE a fecha 1 de mayo de 2017 o haberlo estado el 1 de diciembre de 2014 o el 1 de abril de 2016. Este requisito se entenderá cumplido en los supuestos en que el trabajador, aún no estando inscrito como demandante de empleo en alguna de dichas fechas, tenga interrumpida la inscripción debido a la realización de un trabajo por cuenta ajena, siempre que la duración del contrato haya sido por tiempo inferior a 90 días.
- Haber permanecido inscrito como demandante de empleo durante 270 días en los dieciocho meses inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud de incorporación al programa.
- Carecer del derecho a la protección contributiva o asistencial por desempleo o a la renta activa de inserción.
- Haber cesado involuntariamente en un trabajo por cuenta ajena previamente al agotamiento del último derecho de los contemplados en el primer punto. Además, si se hubiera trabajado tras el agotamiento de dicho derecho, haber cesado de forma involuntaria en el último trabajo realizado.
- Carecer de rentas, de cualquier naturaleza, superiores en cómputo mensual al 75% del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias, y acreditar responsabilidades familiares. A estos efectos no se tendrán en cuenta las rentas derivadas de las actividades compatibles con la ayuda.
- En el caso de que, tras el agotamiento de alguna de las prestaciones o ayudas incluidas en el primer punto de este apartado, se hubiese percibido cualquier tipo de rentas mínimas, salarios sociales o ayudas análogas de asistencia social concedidas por cualquier Administración, deberá haber transcurrido como mínimo un mes desde la finalización de la percepción de estas rentas antes de la solicitud de este programa.
Empleado a tiempo parcial
A efectos del acceso al programa no se considerará desempleado a quien en la fecha de solicitud de incorporación al mismo se encuentre trabajando por cuenta ajena a tiempo parcial.
Dónde pedir la ayuda de 426 euros
La solicitud del PAE puede llevarse a cabo en cualquier oficina del SEPE, previa cita -que puede solicitarse en la sede electrónica del SEPE o en el teléfono 901 010 210-, o de registro público. También puede hacerse por correo administrativo.
Cuándo pedir la ayuda de 426 euros
El plazo para solicitar el PAE comenzó el pasado 1 de mayo del pasado ejercicio y estará vigente hasta el 30 de abril de 2018.
Cómo pedir la ayuda de 426 euros
Para obtener el reconocimiento de la ayuda económica de 426 euros de acompañamiento las personas en paro deberán presentar la solicitud de incorporación al programa en modelo oficial. Para más información debe contactarse con el teléfono de atención a la ciudadanía 901 119 999.
La ayuda de 426 euros
La última prórroga aprobada por el Ejecutivo introduce una serie de modificaciones, planteadas en diálogo con los interlocutores sociales, para facilitar la atención del colectivo de desempleados. De esta forma:
- Se permite el acceso al mismo a todos aquellos que hayan agotado una prestación contributiva o un subsidio por desempleo, y no solo RAI o Prepara.
- Se permite que puedan incorporarse al programa las personas que, aunque no estuvieran inscritas como demandantes de desempleo a la entrada en vigor de esta segunda prórroga, sí lo estuvieran a fechas 1 de diciembre de 2014 o 1 de abril de 2016 y cumplan el resto de los requisitos.
- Se reducen los plazos de espera para solicitarlo, de seis meses a un mes.
- Se reduce el plazo de inscripción como demandante de empleo, de 360 a 270 días, dentro de los dieciocho meses anteriores a la solicitud de incorporación.
- Y se facilita la acreditación de búsqueda activa de empleo a través de las agencias de colocación.
Se estima que esta prórroga y las modificaciones señaladas podrían permitir acceder al programa a unas 210.000 personas suponiendo un gasto total de 537 millones de euros.
Entre diciembre de 2014 y el 15 de abril de 2017 han sido atendidos 233.195 solicitantes, de los cuales 150.934 han accedido a la ayuda económica. Uno de cada tres beneficiarios del mismo ha obtenido una colocación en los doce meses siguientes a su incorporación al mismo. El 88% de los que han percibido la prestación y la han compatibilizado con el empleo, ha mantenido el trabajo tras finalizar el programa.
Finalmente, cabe destacar que a principios de año el Tribunal Constitucional dejó en manos de las comunidades autónomas la ayuda de 426 euros para desempleados de larga duración. Aunque el alto tribunal anuló el Real Decreto que regula el PAE porque invade competencias autonómicas, no suprimió el pago, sino que traspasó su gestión a los gobiernos autonómicos, dando con ello la razón al Gobierno vasco en su recurso.